El Poder Ejecutivo confirmó la vigencia de la Ley N.° 32563, que otorga gratificación y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, conocidos como empleados CAS. La norma comenzará a aplicarse en julio de 2026, asegurando que perciban este beneficio a tiempo.
Sin embargo, existían dudas sobre el origen de los recursos. Por ello, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aclaró que cada entidad asumirá los pagos desde su propio presupuesto. Esta cartera no transferirá recursos adicionales para este fin.
Hasta el 7 de mayo, 11 entidades confirmaron que contarán con los fondos para cumplir con el pago en julio.
Entre ellas destacan el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Cultura, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), la Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Asimismo, la Universidad Nacional de Huancavelica, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), la Municipalidad de San Luis, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Instituto Geofísico del Perú y el Ministerio del Interior.
El MEF recordó que, aunque puede emitir opinión favorable sobre la financiación de la gratificación y la CTS, los recursos provendrán del presupuesto interno de cada entidad. Esto despeja las dudas sobre la disponibilidad de fondos y garantiza la viabilidad de los pagos.
El régimen CAS se creó en 2008 como un modelo de contratación temporal para formalizar servicios estatales y cubrir necesidades operativas críticas. A diferencia de otros regímenes, como el 276 o el 728, los contratos CAS no ofrecen estabilidad absoluta.