En un caso que ha generado fuerte conmoción social, tres legisladores de la oposición presentaron una solicitud formal ante la presidenta de la Asamblea General, Carolina Cosse, para que el Parlamento estudie la posibilidad de otorgar un indulto a Carlos Moisés Martínez, el joven de 28 años condenado a 12 años de prisión por el homicidio de su padre.
Los legisladores colorados senador Andrés Ojeda y diputada Elianne Castro y Álvaro Perrone diputado de Cabildo Abierto elevaron una nota pidiendo un informe técnico detallado de la Dirección Jurídica de la Comisión Administrativa del Poder Legislativo. El documento debe analizar los pasos formales, requisitos, oportunidad, límites legales y antecedentes para promover un indulto a favor de Moisés Martínez.
El caso se remonta a mayo de 2025, cuando Moisés Martínez disparó en reiteradas ocasiones al menos 15 tiros contra su padre en una vivienda del barrio El Monarca, en Montevideo. La Justicia lo condenó en primera instancia a 12 años de prisión por homicidio agravado.
Los legisladores indican que “la propia sentencia reconoce un historial de torturas y violencia sistemática que el Estado no pudo prevenir a tiempo, a pesar de existir antecedentes de condena previos contra la víctima en el año 2010 por delitos sexuales contra su propia hija”. Acotan que “el caso presenta aristas de una sensibilidad humana excepcional, habiéndose probado en el juicio que el Sr. Martínez y su familia fueron víctimas de una historia prolongada de violencia intrafamiliar y abusos sexuales sistemáticos”,
La familia había denunciado previamente estos hechos. El padre fue condenado en 2010 por delitos sexuales contra una de sus hijas, pero recuperó la libertad anticipada tras cumplir solo un año. La sentencia que condenó a Moisés destaca que el Estado no logró prevenir esta violencia crónica, pese a las denuncias existentes. El joven no tiene antecedentes penales previos y padece un cuadro de estrés postraumático complejo, según argumentan sus defensores.
La defensa apelará el fallo, mientras la familia, a través de su hermana Sara Martínez, expresó el profundo dolor y el trauma que representa el encierro para Moisés. “Hoy estoy acá de pie porque mi único propósito es sacar a mi hermano de la cárcel y no voy a parar hasta las últimas consecuencias” señaló a la prensa.
La solicitud de indulto
Los legisladores sostienen que el caso presenta “aristas de una sensibilidad humana excepcional”. Argumentan que aplicar la pena completa podría convertirse en una “mortificación adicional” para alguien que fue víctima durante toda su vida, en línea con el espíritu del artículo 26 de la Constitución, que protege los derechos fundamentales y busca evitar sufrimientos innecesarios.
Solicitan evaluar si el indulto es viable incluso con la sentencia en primera instancia aunque apelada y no firme. También piden revisar antecedentes de aplicación de esta figura y los criterios que han guiado su uso en el pasado.
La Constitución regula el indulto en el Artículo 85, numeral 14. Se señala que a la Asamblea General compete «conceder indultos por dos tercios de votos del total de componentes de la misma en reunión de ambas Cámaras, y acordar amnistías en casos extraordinarios, por mayoría absoluta de votos del total de componentes de cada Cámara.”
Esto significa que el indulto no es una facultad del Poder Ejecutivo como ocurre con el indulto presidencial en muchos países, sino del Poder Legislativo reunido en Asamblea General. Requiere una mayoría calificada de dos tercios del total de integrantes de ambas cámaras para ser aprobado.
El indulto perdona total o parcialmente la pena impuesta, pero no borra el hecho delictivo ni la responsabilidad penal. Se diferencia de la amnistía que sí extingue el delito y del “perdón judicial” del artículo 36 del Código Penal, que la jueza no aplicó en este caso por no cumplir todos los requisitos exigidos en el mismo como ser violencia intrafamiliar actual y otros presupuestos. Los legisladores invocan también el artículo 128 del Código Penal, que reconoce la primariedad absoluta de Moisés como elemento a considerar. Otra duda y quizás la más importante es si “es requisito indispensable que la sentencia pase en autoridad de cosa juzgada (sentencia ejecutoriada) para que la Asamblea General pueda tratar el indulto”.