| El magistrado de la Corte Suprema eleva un escrito técnico a las instituciones competentes para aclarar la gestión de los fondos y defender su derecho al honor y a la presunción de inocencia |
| Las sentencias judiciales firmes de 2021 avalan que el caso penal está sobreseído y que el conflicto por los fondos de la firma petrolera era estrictamente de índole civil entre particulares. |
El tratamiento de los procesos de control interno y las auditorías administrativas continúa bajo un riguroso análisis técnico en Guinea Ecuatorial. El magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Hilario Ballovera Casaña, ha presentado un escrito de queja y petición con fecha del 1 de julio de 2026 —al que Diario Rombe ha tenido acceso en exclusiva— con el objetivo de esclarecer formalmente una serie de informaciones difundidas en canales públicos de comunicación.
El documento, remitido de manera ordinaria a la Defensoría del Pueblo, las cámaras del Parlamento (Congreso y Senado), el Consejo General del Poder Judicial y el Colegio de Abogados, expone la necesidad de que se respeten escrupulosamente los cauces legales y procesales previstos en la legislación vigente, evitando la difusión de premisas inexactas que afecten a la reputación profesional de los miembros de la judicatura. En su exposición, el magistrado analiza los criterios aplicados por la Comisión de Auditoría bajo la gestión del Viceministro a la Presidencia de la República, Encargado de Auditorías, Juan Abaha Elo.
El origen del escándalo: El caso ALGOA Internacional y los millones de la discordia
La polémica estalló tras una serie de tuits y videos difundidos en las cuentas oficiales del Vicepresidente de la República, Encargado de la Defensa y Seguridad del Estado, Teodoro Nguema Obiang Mangue y los medios de comunicación del país, donde se acusa directamente al magistrado Ballovera de haberse apropiado ilícitamente de 70.000.000 de francos CFA correspondientes a la liquidación de un colectivo de 80 ex empleados de la firma Algoa Internacional.
Sin embargo, el escrito de Ballovera Casaña ofrece una versión radicalmente opuesta y documentada, exponiendo los oscuros manejos financieros y procesales del caso. Según el magistrado, el asunto se remonta al año 2013, cuando él ejercía como abogado de libre ejercicio. En aquel entonces, asumió la defensa de los trabajadores de Algoa Internacional para reclamar el pago de horas extras, pactando una cuota de litis del 10% de los honorarios sobre el resultado final debido a que los empleados carecían de fondos para las tasas.
El proceso culminó en 2014 con la Sentencia nº 73/2014 de la Magistratura de Trabajo, que condenó a Algoa Internacional a pagar 408.551.032 francos CFA. Tras años de parálisis y recursos debido a «interferencias», el caso fue reactivado en 2019 mediante nuevos representantes de los trabajadores (Quisito Eló Nze Nzang y Armando Nzang Mbomio). Debido a su incompatibilidad al haber asumido ya como Magistrado, Ballovera delegó la dirección formal del caso en el abogado Jovino Ondo Micha Okomo.
La intervención de la Fiscalía y el destino de los 70 millones
Un dato clave del dossier técnico es la mediación de la Fiscalía General de la República en diciembre de 2020. Mediante la firma de un «Protocolo Transaccional», la Fiscalía aplicó un baremo de deducción del 63,3% sobre el capital principal que debían percibir los trabajadores, fijando la suma final a liquidar en 144.446.804 francos CFA, sumando un remanente de 5.553.126 francos por deudas incurridas.
De acuerdo con el escrito al que ha tenido acceso Diario Rombe en exclusiva, en un periodo de vacaciones judiciales y bajo el contexto de las restricciones sanitarias por el COVID-19, los representantes Quisito Eló y Armando Nzang, junto al abogado formal de la causa, acudieron al magistrado para que custodiara temporalmente el dinero en efectivo por estrictas razones de seguridad. El documento aclara que fueron los propios representantes Quisito Eló y Armando Nzang quienes retiraron de forma inmediata los 70.000.000 de francos CFA.
Según los recibos y contratos privados aportados en el expediente, dicha suma se utilizó para sufragar compromisos previos de colaboración que los propios representantes habían firmado de manera independiente con terceros (incluyendo un contrato de 30 millones con el letrado Ponciano Manuel Mbomio Abeng y otro de 15 millones con Miguel Ángel Ange), además de 10 millones para la dirección letrada del proceso, quedando pendiente el grueso de los honorarios pactados en 2013. Por tanto, los fondos no fueron retenidos ni usufructuados por el magistrado.
Resoluciones judiciales firmes frente a la Comisión de Auditoría
El caso dio un vuelco penal cuando el resto de los trabajadores, al ver que faltaba dinero, denunciaron a sus propios representantes ante la Gendarmería Nacional por estafa. En julio de 2021, el Juzgado de Instrucción nº 3 de Malabo dictó auto de prisión preventiva contra Quisito Eló y Armando Nzang, enviándolos a la cárcel pública de Black Beach. Durante sus declaraciones y reclusión, los acusados jamás implicaron al magistrado Ballovera, según se desprende del escrito del Magistrado Ballovera.
La trama civil y penal se cerró en noviembre de 2021, cuando el tribunal decretó el sobreseimiento libre de la causa penal y la declinatoria a la jurisdicción civil, al considerar que el conflicto derivaba de contratos privados y no constitutivos de estafa. Al no haber sido recurrido, el magistrado Ballovera defiende en su escrito que la causa penal ha ganado el valor de cosa juzgada y ha prescrito.
El magistrado Ballovera argumenta en su escrito técnico que las actuaciones de la Comisión de Auditoría, parecen omitir las pruebas documentales de descargo y las sentencias firmes ya dictadas por los tribunales competentes. En su queja institucional, solicita que se revisen estos procedimientos para que se ajusten estrictamente a las garantías constitucionales, salvaguardando el derecho al honor, la presunción de inocencia y las normas específicas de aforamiento que rigen para los miembros de la Corte Suprema.
Un llamamiento al estricto cumplimiento de la legalidad
El escrito concluye con una petición formal y respetuosa a las altas instituciones reguladoras del Estado para que intervengan en el marco de sus competencias, analicen con rigurosidad las evidencias presentadas en el expediente de 33 páginas y garanticen la aplicación uniforme de la ley y la seguridad jurídica.
Este caso pone de manifiesto la importancia de delimitar con claridad las funciones de los órganos de auditoría que opera estrictamente como un «tribunal de inquisición» con el único objetivo de alimentar el linchamiento público en los canales nacionales de televisión y en las redes sociales. Diario Rombe continuará realizando un seguimiento estrictamente técnico y jurídico de este expediente para informar sobre el desarrollo de los acontecimientos.