
La Oficina de Normalización Previsional informó que el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) brinda a sus afiliados una serie de beneficios, entre ellos pensiones por invalidez, jubilación y sobrevivencia, así como pagos adicionales y acceso a servicios de salud. Eso no es todo, el sistema permite percibir un ingreso mensual incluso antes de alcanzar la edad de jubilación establecida. En esa contexto, la ONP indicó que, si un asegurado sufre algún accidente común que le impide seguir trabajando, puede acceder a una pensión de invalidez sin restricción de edad, siempre que haya efectuado aportes por al menos doce meses en los últimos tres años. Por ello, tras el inicio de mayo 2026, miles de adultos mayores se mantienen a la expectativa por el cobro de sus aportes a través del Banco de la Nación. Como todos los meses, el afiliado deberá acercarse a la entidad financiera, según la letra inicial de su apellido paterno, con el objetivo de acceder a sus montos. En el desarrollo de esta nota, te contamos todos los detalles al respecto.
La Oficina de Normalización Previsional informó que el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) brinda a sus afiliados una serie de beneficios, entre ellos pensiones por invalidez, jubilación y sobrevivencia, así como pagos adicionales y acceso a servicios de salud. Eso no es todo, el sistema permite percibir un ingreso mensual incluso antes de alcanzar la edad de jubilación establecida. En esa contexto, la ONP indicó que, si un asegurado sufre algún accidente común que le impide seguir trabajando, puede acceder a una pensión de invalidez sin restricción de edad, siempre que haya efectuado aportes por al menos doce meses en los últimos tres años. Por ello, tras el inicio de mayo 2026, miles de adultos mayores se mantienen a la expectativa por el cobro de sus aportes a través del Banco de la Nación. Como todos los meses, el afiliado deberá acercarse a la entidad financiera, según la letra inicial de su apellido paterno, con el objetivo de acceder a sus montos. En el desarrollo de esta nota, te contamos todos los detalles al respecto.
En la actualidad, son 708 305 adultos mayores de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), afiliados al Decreto Ley 19990, que serán los primeros en cobrar el pago de su pensión correspondiente a mayo 2026. Por ello, este grupo deberá acercarse al Banco de la Nación o esperar el abono en su cuenta de ahorros. Inclusive, podrán desembolsar su dinero en las agencias del BBVA, Banco GNB, BanBif e Interbank, según la letra inicial del apellido paterno de cada pensionado. A continuación, te presentamos las fechas establecidas para que los pensionistas se puedan acercar a cobrar:
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras A-C | viernes 8 de mayo
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras D-L | lunes 11 de mayo
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras M-Q | martes 12 de mayo
- Pensionistas con apellidos que inicien con las letras R-Z | miércoles 13 de mayo
- Pago a domicilio | del jueves 14 al sábado 23 de mayo.
El pasado 16 de abril se admitió a través de un Decreto Supremo n.° 061-2026-EF, publicado en el diario El Peruano, el reglamento que modifica “la Ley n° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, aprobado por Decreto Supremo n° 189-2025-EF, a fin de adecuar su contenido a las disposiciones establecidas en la Ley n° 32445, Ley que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones hasta por el monto de cuatro Unidades Impositivas Tributarias (4 UIT) y establece otras disposiciones”. Es decir, si bien se hace referencia a la Ley de retiro de AFP, esta se menciona solo con el fin de modificar las disposiciones que dicha norma establecía en su momento, quedando descartada un nuevo desembolso, conforme comparte Infobae.
De esta manera, según la norma, se establece la actualización de las disposiciones contenidas en el reglamento de la Ley del Sistema Previsional Peruano (Ley n.° 32123), con el fin de que los aportes al sistema previsional, tanto público como privado, de los trabajadores independientes que perciben rentas de cuarta categoría continúen siendo de carácter voluntario. “El Ministerio de Economía y Finanzas dispuso (…) la adecuación del marco normativo del Sistema Previsional Peruano, para que el aporte de los trabajadores independientes en el sistema previsional se mantenga como voluntario”, indica el texto, compartido por Infobae.