La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto a LaLiga una multa de un millón de euros por hacer uso indebido de los datos biométricos de los espectadores en los accesos de los estadios. Concretamente, la Agencia considera que el tratamiento de los datos recogidos por sistemas de reconocimiento biométrico no cumple con las garantías exigidas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Según el organismo, el uso de una tecnología como el reconocimiento facial debe estar justificado, entre otros principios, por el de proporcionalidad. Es decir, que el riesgo que supone procesar y almacenar un dato personal tan sensible e inmutable como los patrones del rostro o la huella dactilar se vea compensado por el peligro o la amenaza que se pretende solventar. La AEPD considera que hacer acopio de ese dato para detectar a personas fichadas o buscadas por la Policía rompe con ese principio, ya que supone una erosión en la privacidad de decenas de miles de personas.
El procedimiento sancionador se inició a partir de denuncias presentadas en 2022 y 2023 contra el uso de sistemas de reconocimiento facial y de lectores de huellas dactilares para entrar a las gradas de animación. Esos datos biométricos se recogían en el momento en el que el aficionado compraba el abono. Quedaban almacenados y se usaban cada vez que el interesado quería acceder al estadio: se comparaba su rostro o huella digital con los registros, y si no coincidían, se le denegaba el acceso.
Además de la multa, la AEPD ha ordenado la suspensión de estos sistemas automáticos hasta que se garantice el cumplimiento del RGPD.
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