Tegucigalpa
El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia legitimó el decreto 4-2022, que da vida a la amnistía política, con diez votos a favor y cinco en contra.
Luego de la deliberación, que duró un poco más de tres horas, los 15 máximos jueces decidieron por mayoría de votos declarar constitucional la totalidad del decreto, conocido como Ley de Amnistía Política, que comprende varios ítems, pero tal vez el más polémico es la amnistía otorgada a exfuncionarios del gobierno de José Manuel Zelaya Rosales (2006-2009).
“Se refiere a la totalidad de la norma. Lo que significa que los apartados que están contemplados relacionados al tema de amnistías, de indemnizaciones, de la Cicih y al tema de la protección para defensores de derechos humanos están contemplados bajo la argumentación del voto mayoritario, como constitucionales en su totalidad”, confirmó Melvin Duarte, portavoz del Poder Judicial.
Con este fallo se sobreentiende que tiene carácter constitucional: la condena al golpe de Estado ocurrido en junio de 2009, que con ello derivó la derogación del decreto legislativo 141-2009, sobre la separación del expresidente de la república, José Manuel Zelaya Rosales, y que fue aprobado el domingo 28 de junio de 2009, y publicado en el diario oficial La Gaceta el 1 de julio de 2009.
De igual manera, está en ese articulado el reconocimiento y declaratoria legal y legítima del Acuerdo para la Reconciliación Nacional y la Consolidación del Sistema Democrático en la República de Honduras, conocido como Acuerdo de Cartagena, suscrito por los expresidentes Porfirio Lobo Sosa y José Manuel Zelaya Rosales.
Las polémicas amnistías
Seguirá vigente en la legislación hondureña la amnistía para la liberación de presos políticos y presos de conciencia. Sumado a ello, la amnistía para defensores de derechos humanos y de la soberanía nacional.
Esta acción ya dio paso a la extinción de responsabilidad penal de varios exfuncionarios de la administración de Mel Zelaya y que según el artículo 7, del capítulo II, de este decreto, se deberá proceder al cierre administrativo de los registros y antecedentes de los archivos del Ministerio Público, judiciales, policiales y militares, de las diligencias en lo que atañe a los hechos punibles de las personas amparadas en él.
Asimismo, podrán continuar otorgándose amnistías judiciales a defensores de derechos humanos y del ambiente, su derecho, a ciudadanos que de una u otra forma realicen protestas sociales, mediante acciones de resistencia a la opresión y desobediencia civil de diversa índole.
El darle continuidad legal a este decreto 4-2022 también manda a la creación de la tan ansiada Comisión Internacional contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (Cicih), así lo precisa el artículo 8 de esta legislación, ratificada ayer por el máximo tribunal de justicia.
“Esta es la última instancia; el pleno ha determinado declarar sin lugar estos recursos que fueron presentados y esta es la decisión final de la suprema corte, aunque haya sido bajo una proporción de mayoría de votos, pero finalmente es una decisión con relación a cada uno de los puntos contenidos en la ley”, indicó Melvin Duarte.
Recursos
Contra la Ley de Amnistía Política fueron interpuestos varios recursos o demandas, que los conoció en primera instancia la Sala Penal del Poder Judicial y posteriormente se remitieron -vía oficio- a la Sala Constitucional, judicatura que es la competente para dilucidar este tipo de requerimientos legales.
Estas dos apelaciones se interpusieron precisamente contra las resoluciones adoptadas en el juzgamiento contra Rodolfo Padilla Sunseri (2006-2009), exalcalde de San Pedro Sula, a quien haciendo acopio del decreto 4-2022, una Corte de Apelaciones de San Pedro Sula le otorgó en septiembre pasado un sobreseimiento definitivo por los delitos de malversación de caudales públicos y abuso de autoridad.
“ Con este fallo del pacto de Impunidad, magistrados liberales y de Libre dan tiro de gracia a la llegada de la CICIH. “
Tomás Zambrano, jefe de bancada nacionalista
Duarte explicó que “el origen viene de estos expedientes que fueron conocidos en la Sala Penal, pero valga aclarar que el pronunciamiento de la Corte no es en relación con esos casos (de Padilla Sunseri) concretos; en ningún momento el pronunciamiento de la Corte va orientado a resolver los casos concretos, sino a la constitucionalidad del decreto 4-2022 en su totalidad; es decir, referido a toda la ley”, remarcó.
Con los dos casos presentados de forma precisa contra Padilla Sunseri, el expediente deberá regresar a ser conocido por la Sala Penal y esta sala remitirá estas causas a las unidades jurisdiccionales en donde se incoaron originalmente la comisión de tales delitos contra la administración pública.
La Corte
La votación se dio diez a favor y cinco en contra de la constitucionalidad. Los cinco magistrados afines al Partido Nacional, principal partido de oposición de Libre, votaron en contra. Los diez que dieron su voto favorable al decreto son adeptos de Libre y el Partido Liberal.
La integración del pleno de 15 magistrados contó con la presencia de cinco magistrados suplentes, ya que cuatro de los cinco miembros de la Sala Constitucional no podían pronunciarse dos veces sobre el mismo caso. Roxana Morales, magistrada de la Corte de Apelaciones del Trabajo, sustituyó a Milton Danilo Jiménez Puerto, quien a su vez reemplazó a Sonia Marlina Dubón Villeda debido a un conflicto de interés. La magistrada suplente Martha Delia Merino Conde no asistió por asuntos personales, mientras que el magistrado Roy Pineda Castro participó virtualmente desde España por motivos médicos.