
Con el cobro del marchamo del 2026 lanzado por el INS, noté la existencia de una injusta distorsión en el impuesto que se cobra a los propietarios de motocicletas.
¿Por qué el dueño de una motocicleta de marca europea y modelo 2016, con un valor fiscal de ¢6,1 millones, paga el mismo impuesto que el propietario de un viejo auto modelo 1998 con un valor de solo ¢1,3 millones? Ambos tributan unos ¢29.000.
Otro ejemplo: por una moto modelo 2025, de fabricación japonesa y con un valor fiscal de ¢4,3 millones, se paga la módica suma de ¢15.300 de tributo, pero el dueño de un auto japonés 15 años más viejo debe pagar ¢87.000, pese a que el valor fiscal es parecido.
Una de dos opciones: el Estado exprime a los propietarios de carros o favorece injustamente a los dueños de motocicletas cobrándoles un bajo impuesto, a pesar de que tengan un alto poder adquisitivo.
Estoy hablando del impuesto a la propiedad de vehículos. Otra cosa es el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA), que también se cobra en el marchamo.
En el caso de las motos, el SOA sí es mucho más alto, por una razón obvia: la alta incidencia de accidentes. El seguro obligatorio de las motocicletas es de ¢99.623, y el de los carros, de ¢30.238. Sin embargo, para el 2026, el INS le aplicó un considerable aumento del 17% a los carros y uno de apenas un 5% a las motocicletas.
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En todo caso, esos recursos son para pagar el costo de la atención de los accidentados, no para sufragar el gasto público general, que se financia con la Caja Única del Estado.
Volvamos al tema de la propiedad de vehículos. ¿Qué es lo que grava el impuesto? ¿El valor del bien y, por tanto, el poder adquisitivo del contribuyente? ¿O el tamaño o espacio que ocupan los vehículos en las carreteras?
La lógica se inclina por lo primero, porque es obligatorio pagar el tributo, independientemente de si se usa o no el vehículo. Tampoco importa si usted avanza lento o rápido en la congestión vial o si las carreteras están en buenas o malas condiciones.
Al menos yo no veo razón para que se beneficie a personas con alto poder adquisitivo que, en muchas ocasiones, no solo tienen una costosa motocicleta, sino que además poseen carros.
Tan ilógica es la situación que, por una motocicleta de ¢3,7 millones, se paga menos por el tributo a la propiedad que por el impuesto al valor agregado (IVA) del SOA: ¢11.825 de propiedad frente a ¢12.291 de IVA.
Con razón el Estado nunca tiene suficientes recursos. No digo que el gobierno o el INS estén aplicando mal el cobro; es un asunto de diseño de ley. En Costa Rica, ya hay 420.000 motocicletas, casi una cuarta parte del parque vehicular, sin contar con las bicimotos que no están inscritas.
Hay motos de ¢700.000 por las que se paga solo ¢3.000 de impuesto, un poco más que el timbre para la fauna silvestre.
Si el razonamiento político es que las motocicletas pagan un alto SOA, lo que se está haciendo es un favorecimiento en detrimento de los demás.